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Banco Central de Guatemala y la suspensión de Jonathan Menkos
La Corte de Constitucionalidad considera que la licencia legislativa de Jonathan Menkos no elimina su condición de diputado y resulta incompatible con presidir el Banco de Guatemala. La Embajada estadounidense interviene en la controversia con una defensa de la independencia del banco y del tribunal.
Claves de la nota
- La Corte de Constitucionalidad suspendió este 8 de octubre el nombramiento de Jonathan Menkos al frente del Banco de Guatemala.
- El artículo 18 y el artículo 31 de la Ley Orgánica establecen incompatibilidades para cargos públicos remunerados.
- José Alfredo Blanco Valdés asumirá interinamente la presidencia del Banco de Guatemala mientras se resuelve el caso.
El cambio de autoridades económicas que el presidente Bernardo Arévalo puso en marcha en Guatemala encontró un freno judicial y una advertencia diplomática.
La Corte de Constitucionalidad suspendió este 8 de octubre, mediante un amparo provisional, el nombramiento de Jonathan Menkos como presidente del Banco de Guatemala y de la Junta Monetaria.
En medio de la controversia, la Embajada de Estados Unidos advirtió que no guardará silencio ante intentos de politizar la institución.
La disputa reúne dos cuestiones relacionadas, aunque diferentes: si el exministro de Finanzas puede dirigir el banco central mientras conserva su condición de diputado con licencia, y qué garantías tendrá la institución para mantener su independencia durante el relevo de autoridades.
Para el Gobierno, el traslado de Menkos formaba parte de una renovación institucional.
Para sus impugnantes, su vínculo legislativo constituye un impedimento legal.
La advertencia estadounidense añade una dimensión diplomática a un conflicto cuyo desenlace puede influir en la confianza sobre la conducción económica del país.
Argumentos legales de la Corte
El argumento central de la Corte es que la licencia concedida por el Congreso permite separarse temporalmente de las funciones parlamentarias, pero no extingue la condición de diputado. Menkos conserva la titularidad de su curul y la posibilidad de regresar a ella.
Según el análisis de la resolución, el tribunal considera que esa condición resulta incompatible con presidir el Banco de Guatemala.
Las restricciones, explica, buscan preservar la objetividad, independencia, imparcialidad y dedicación exclusiva de sus autoridades.
Su finalidad va más allá de impedir que una persona cobre dos salarios.
La Ley Orgánica del Banco de Guatemala establece, en el artículo 18, literal g), impedimentos para quienes desempeñan cargos públicos remunerados, sean de elección popular o de nombramiento.
El artículo 31 dispone que la presidencia y vicepresidencia son incompatibles con el ejercicio de otro cargo público o privado, incluso sin remuneración, con determinadas excepciones docentes o vinculadas a las funciones del banco.
El Comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financieras (Cacif) promovió una de las acciones contra la designación.
Su planteamiento sostiene que el permiso legislativo suspende el ejercicio de las atribuciones parlamentarias, pero mantiene la calidad de diputado.
Otra de las acciones resueltas fue presentada por Allan Rodríguez, diputado de Vamos.
La interpretación defendida por el Ejecutivo
El Ejecutivo presentó una lectura diferente. En su informe a la Corte, Arévalo invocó el artículo 160 de la Constitución y el permiso aprobado por el Congreso en enero de 2024, cuando Menkos pasó a dirigir el Ministerio de Finanzas.
El presidente sostuvo que la autorización permitía desempeñar funciones en el Ejecutivo o en entidades autónomas y descentralizadas, y que Menkos no ejercía simultáneamente sus atribuciones legislativas ni percibía dos remuneraciones.
Su defensa puso énfasis en el ejercicio efectivo del cargo: al estar separado de sus funciones parlamentarias, argumentó, las incompatibilidades invocadas no serían aplicables.
La Corte no acogió esa interpretación en esta etapa.
Su análisis provisional se concentra en la condición legislativa que Menkos conserva; los otros cuestionamientos sobre calidades y requisitos para dirigir el banco quedan pendientes del examen definitivo.
Consecuencias de la suspensión
La medida tiene consecuencias que exceden la separación temporal del funcionario. Según la resolución reseñada por Canal Antigua, quedan sin efecto los actos y actuaciones realizados por Menkos desde que tomó posesión el 1 de octubre, incluidos los de naturaleza administrativa, organizacional y laboral.
La Corte dispuso que el vicepresidente del Banco de Guatemala sustituya interinamente al presidente mientras se resuelve el caso.
Ese cargo corresponde a José Alfredo Blanco Valdés.
También conminó a Arévalo a verificar los requisitos y las incompatibilidades legales antes de efectuar nombramientos.
Postura de Estados Unidos
La Embajada estadounidense formuló una advertencia explícita sobre el rumbo institucional.
Jamás nos quedaremos callados ante los intentos de politizar el Banco de Guatemala
El mensaje también rechaza que se socave su independencia o se comprometa la estabilidad económica.
La representación diplomática defendió, además, la autoridad de la Corte de Constitucionalidad para resolver de manera independiente, sin presiones externas ni represalias, y destacó su papel en la protección del Estado de derecho.
El fundamento expresado públicamente es, por tanto, institucional: la importancia del banco para la estabilidad económica y la necesidad de preservar la autonomía judicial.
Sin embargo, el comunicado no identifica una decisión monetaria concreta, una instrucción del Ejecutivo o una actuación partidaria que pruebe la politización.
Tampoco individualiza a los responsables de los intentos que denuncia.
Su mensaje debe leerse como una advertencia diplomática sobre riesgos institucionales, sin convertirla en una constatación de hechos que no detalla.
Cambios en la estructura técnica del banco
El pronunciamiento coincide con cambios en la estructura técnica del banco. El Cacif expresó preocupación por el relevo simultáneo de las gerencias General, Financiera, Económica, Administrativa y Jurídica, al considerar que podía debilitar la continuidad técnica.
La información institucional recogida por Emisoras Unidas sobre cambios en cuatro gerencias señala que sus anteriores titulares decidieron finalizar su servicio con opción a jubilación.
Esa explica






















